Constituir una empresa en Argentina: preguntas frecuentes
Las preguntas que más nos hacen sobre constituir y operar una empresa en Argentina, actualizadas con las reformas de 2026. Si la tuya no está, escribinos y te respondemos en el día.
Sobre el proceso
¿Cuánto tarda constituir una empresa en Argentina?
Una SRL o una SAS con socios personas físicas, alrededor de dos semanas desde que la documentación del exterior está completa, apostillada y traducida. Si un socio es una sociedad extranjera, su inscripción por el artículo 123 se presenta en simultáneo con la constitución desde mayo de 2026 y el plazo pasa a ser de dos a cuatro semanas. Lo que más demora no es el registro, es la documentación que se produce en tu país.
¿Necesito viajar a Argentina?
No. Todo el proceso se maneja de forma remota con un poder otorgado en tu país y apostillado allá. Vos firmás una vez, el resto lo hacemos nosotros.
¿Qué documentos necesito?
Si los socios son personas físicas, pasaporte certificado y poder, apostillados y traducidos. Si el socio es una sociedad, además el estatuto, el certificado de constitución, un certificado de vigencia, la resolución que aprueba la inversión y el poder. Antes de que apostilles nada, revisamos los borradores, porque un poder mal redactado es la causa más común de demora.
¿Sirve una traducción hecha en mi país?
No. La traducción tiene que hacerla un traductor público matriculado en Argentina, y después se legaliza en el Colegio de Traductores. Un detalle que ahorra semanas: preguntá en qué idioma va a salir el sello de la apostilla, porque si está en un tercer idioma hacen falta dos traducciones.
¿Se aceptan documentos con apostilla digital?
Las normas de 2026 lo permiten cuando se puede verificar la integridad y autenticidad del documento, y la práctica está acomodándose a las normas. Depende de lo que emita tu país y de cada documento, así que conviene preguntarlo antes de encargar nada en lugar de darlo por hecho.
Sobre la estructura
¿SRL, SAS o SA, cuál me conviene?
SRL: de 2 a 50 socios, la estructura más usada por empresas extranjeras. SAS: admite un solo accionista y es la más ágil. SA: para proyectos más grandes o si vas a incorporar inversores. La SA con un solo accionista existe pero exige integrar todo el capital y tener sindicatura, así que para una filial al cien por ciento casi siempre conviene la SAS. En la primera consulta te decimos cuál aplica a tu caso.
¿Puede un extranjero ser dueño del 100%?
Sí. No necesitás socio argentino ni participación local mínima, y no hace falta ser residente para ser socio. Lo que la ley exige es del lado de la administración: al menos un representante con domicilio en Argentina, que podemos proveer. Las utilidades de ejercicios cerrados desde 2025 en adelante pueden girarse al exterior por el mercado oficial, así que para una empresa nueva no hay traba en ese punto.
¿Puede una sociedad extranjera ser socia?
Sí. Tiene que inscribirse ante la IGJ por el artículo 123 de la Ley General de Sociedades, y desde mayo de 2026 esa inscripción se presenta junto con la constitución, en un solo trámite. Puede ser incluso la única accionista de una SAS.
¿Cuánto capital necesito para empezar?
La SRL no tiene mínimo legal, la SAS requiere dos salarios mínimos (hoy unos USD 500) y la SA un mínimo de ARS 30.000.000 (hoy cerca de USD 19.500). En los tres casos se integra el 25% al constituir y el resto dentro de los dos años.
¿Necesito una oficina física?
No. Proveemos un domicilio legal y fiscal en la Ciudad de Buenos Aires que cumple con el requisito. Representación legal y domicilio fiscal
¿Necesito un director o gerente residente?
Sí, al menos uno con domicilio en Argentina. En una SRL la mayoría de los gerentes, en una SAS al menos un administrador. Es un servicio habitual que prestamos nosotros, con la garantía que exige el registro incluida.
Sobre costos e impuestos
¿Cuánto cuesta?
La constitución de una SRL o SAS estándar arranca en USD 3.000, todo incluido, honorarios y gastos de registro, publicación, escribanía y libros. Si el socio es una sociedad extranjera, su inscripción por el artículo 123 suma USD 1.500, también todo incluido. Lo único que se cotiza aparte es la traducción pública, porque depende de tus documentos, y te damos el número cerrado antes de que te comprometas a nada. Sin IVA, porque es exportación de servicios.
¿Qué impuestos paga mi empresa?
Impuesto a las Ganancias con una escala del 25 al 35% según la utilidad, IVA del 21%, Ingresos Brutos según la jurisdicción y la actividad, y cargas patronales si tenés empleados. Si tu empresa exporta servicios, las exportaciones no pagan IVA.
¿Cuánto tarda abrir la cuenta bancaria?
Entre cuatro y doce semanas, y depende del banco, no de nosotros. Te asistimos con el legajo y el seguimiento, pero la decisión es del banco. Es el paso que más subestiman los clientes, así que lo arrancamos apenas sale el CUIT.
Sobre el después
¿Ofrecen solo constitución o también acompañamiento?
Las dos cosas, y el acompañamiento es nuestro fuerte. Después de constituir, llevamos la contabilidad, los impuestos, las presentaciones ante el registro y somos tu asesor legal continuo, todo en un mismo lugar y con un solo interlocutor. Contabilidad, impuestos y cumplimiento
¿Qué obligaciones tiene la empresa una vez constituida?
Presentaciones fiscales mensuales y anuales, estados contables anuales con su reunión de aprobación, y trámites ante el registro cada vez que cambia algo, autoridades, sede, capital. Una empresa que deja de presentar no falla con ruido, falla en silencio, y uno se entera cuando necesita un certificado para el banco o para un inversor.
¿Se ocupan de otros temas, como marcas?
Sí. Registramos marcas ante el INPI, con búsqueda previa, presentación y seguimiento hasta el título. Registro de marcas
¿Qué cambió en 2026?
Bastante, y a favor. La inscripción de la matriz extranjera ya no tiene que hacerse antes de la constitución, el dictamen profesional previo dejó de ser obligatorio para constituir, el objeto social puede ser amplio, el capital ya no tiene que justificarse frente al objeto y la CDI para no residentes fue reemplazada por el CUIT. Si leíste una guía anterior a 2026, varios pasos que describe ya no existen.
¿Te quedó alguna duda? Contanos tu caso en dos líneas y te respondemos en el día. La primera consulta es sin cargo.